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Ocho candidatos presidenciales tendrán las Elecciones 2017

A la medianoche de este lunes 21 de agosto, se cumplió el plazo legal para formalizar pactos y declarar candidaturas a las Elecciones Presidencial, Parlamentarias y de Consejeros Regionales del próximo 19 de noviembre.

 

Según lo que establece la Ley 18.700 sobre Votaciones Populares y Escrutinios, hasta este lunes 21 de agosto a las 24:00 horas, el Servicio Electoral (Servel) recibió las formalizaciones de pactos parlamentarios y de consejeros regionales (cores), de cara a las Elecciones 2017 que tendrán lugar el próximo 19 de noviembre.

En este contexto, hay ocho ciudadanos que declararon candidaturas presidenciales. El 22 de julio lo hizo Eduardo Artés Brichetti por Unión Patriótica; el 4 de agosto Alejandro Guillier Álvarez como independiente, con 61.403 firmas de patrocinantes; el 18 de agosto José Antonio Kast también como independiente, con 43.461 firmas de patrocinantes, y Alejandro Navarro Brain por el partido País; el 19 de agosto Carolina Goic Boroevic por el partido Demócrata Cristiano; y el 20 de agosto Marco Enríquez-Ominami por el partido Progresista. También son candidatos, luego de ganar las elecciones primaras de sus respectivos pactos, Beatriz Sánchez Muñoz por el Frente Amplio y Sebastián Piñera Echenique por Chile Vamos. Además, en estas elecciones se eligen 23 senadores, 155 diputados y 278 consejeros regionales.

Tras vencer este plazo, el Servicio revisará la documentación recibida para verificar que cumpla con todos los requisitos que instruye la legislación vigente y el 2 de septiembre el Consejo Directivo del Servel publicará las resoluciones de aceptación o rechazo de las candidaturas presidenciales y parlamentarias en el Diario Oficial y, en el caso de las de cores, en los diarios regionales de mayor circulación.

Luego, de existir alguna objeción a lo resuelto por el Servel, habrá un plazo de cinco días para que los partidos políticos y candidatos independientes a las Elecciones Presidencial y Parlamentarias puedan reclamar ante el Tribunal Calificador de Elecciones (Tricel) y, en el caso de las Elecciones de Consejeros Regionales, ante los Tribunales Electorales Regionales (TER).

De este modo, luego de tres días de expirado el plazo anterior, el Director del Servel inscribe en el Registro Especial de Candidatos a todos aquellos que no fueron impugnados, en conformidad al artículo 18 de la citada ley. A partir de este hito, son considerados oficialmente para todos los efectos como candidatos.

Fuente: Servicio  Electoral de Chile.
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